CUERPO DE ESCRITURA EN SEDE JUDICIAL
CUERPOS DE ESCRITURA MUY CONTROLADOS
A menudo, los Peritos Calígrafos nos encontramos con cuerpos de escritura realizados, en sede judicial, ante los Letrados de la Administración de Justicia, con un nivel de control muy acusado que nos hace, cuando menos, dudar fundadamente de la sinceridad y espontaneidad de sus autores.
¿Cómo se puede advertir, por los Peritos Calígrafos, ese exceso de control? Pues a través de diversos indicios que se manifiestan a lo largo de un mismo o varios cuerpos de escritura coetáneos o casi coetáneos obra de un misma y única persona escribiente, indicios éstos entre los cuales se muestran son los siguientes:
a.-) Adopción, de diferentes formas de escritura.
b.-) Modificación de los grafismos hasta el punto de que lleguen a parecer muy distintos.
c.-) El uso de distintos formatos para escribir una misma letra.
d.-) Escribir un elemento gráfico de la escritura, como, por ejemplo, una rúbrica o una letra o, incluso, partes de ellas, con un número de trazos excesivamente elevado para lo que suele ser normal, máxime cuando se observa que una gran habilidad escritural de la persona que, de esta manera, actúa.
e.-) Que la persona escribiente muestre, en los antedichos cuerpos de escritura, una caligrafía apreciablemente bastante diferente de la que ella misma muestra en documentos indubitados de dicha misma persona ajenos a aquéllos y, en consecuencia, con harto más probabilidades de ser plenamente espontáneos los trazados escriturales analizados obrantes en los mismos, sobre todo cuando tanto uno como otros resultan proceder de una misma época o de épocas bastante cercanas en el tiempo.
No obstante, a este último respecto, se hace necesario tener en cuenta que tales notables diversidades gráficas pueden tener su origen en una enfermedad, envenenamiento o accidente que haya afectado, de manera grave, a la habilidad escritural de la persona escribiente hasta llegar al punto de alterar de forma más o menos importante a su capacidad escritural.
Por otra parte, se ha de tener en consideración que, en ciertos casos, la persona autora del cuerpo de escritura posee una habilidad escritural tal que le llega a permitir, incluso, a mantener una automodificación de su escritura a través de todo el cuerpo de la misma que, a la misma, se le está recogiendo, resultando, entonces, que, para poder llegar a detectar la existencia de tal control automodificativo de los grafismos manuscritos, se hace imprescindible tener acceso a documentación indubitada ajena al cuerpo de escritura que goce de las cualidades de espontaneidad y cercanía en el tiempo a que, en este mismo artículo, ya se ha hecho expresa mención.
Todo ello teniendo en cuenta, además, que la persona escribiente a la que se le recoge el cuerpo de escritura puede, incluso, haber ensayado la automodificación de sus grafismos manuscritos con harta antelación al momento en que aquél le es recogido auxiliado, a tal efecto, bien de sus propios conocimientos que, eventualmente, la misma tuviera en materia de grafística, o bien, incluso, del asesoramiento a tan espurio fin de estudiosos o profesionales de la pericia caligráfica.
Lcdo. Jorge Eduardo González Peinado.
Perito Calígrafo y Arquitecto de Paisajes.